Formalizar la propiedad horizontal fortalece la convivencia al establecer reglas claras en edificios de Bogotá.
En Bogotá crece la propiedad horizontal como figura legal para organizar edificios, garantizar reglas, seguridad y gestión transparente; permite inscripción virtual gratuita.
Bogotá crece, sobre todo, hacia arriba. El aumento de la población, la necesidad de vivienda y el aprovechamiento del suelo han hecho que muchas casas familiares se transformen en edificios. Donde antes vivía una familia, ahora pueden vivir más de cinco, compartiendo espacios y responsabilidades.
Vivir bien también depende de saber organizarse, acordar reglas claras y cuidar en conjunto aquello que es de varias personas y familias. Formalizar la propiedad horizontal es dar ese paso hacia la convivencia armónica, la seguridad jurídica y la administración transparente, convirtiendo un grupo de vecinas y vecinos en una comunidad sólida que crece al mismo ritmo que la ciudad.
Vivir bien también implica formalizar la propiedad horizontal
La propiedad horizontal es la figura legal que permite que en un mismo edificio o conjunto convivan la propiedad privada —como apartamentos, casas o locales— y la copropiedad sobre las zonas comunes, bajo las reglas establecidas en la Ley 675 de 2001 cuando existen al menos dos unidades privadas en un mismo inmueble.
Actualmente, en Bogotá hay aproximadamente 20.700 propiedades horizontales inscritas ante la Secretaría Distrital de Gobierno.
¿Por qué es importante formalizar la propiedad horizontal?
Porque permite:
- Elegir administrador.
- Establecer reglas de convivencia.
- Manejar cuentas claras.
- Garantizar mayor seguridad.
- Distribuir correctamente las cuotas de administración.
- Proteger el valor del inmueble.
- Proteger la inversión de los propietarios.
Además, al inscribirse ante las alcaldías locales se expide un certificado necesario para:
- Abrir una cuenta bancaria a nombre del edificio o conjunto.
- Contratar legalmente servicios de vigilancia, aseo o mantenimiento.
- Generar confianza para compradores y arrendatarios.
¿Qué tiene que ver la Secretaría Distrital de Gobierno con la propiedad Horizontal?
La Secretaría Distrital de Gobierno y las alcaldías locales cumplen funciones específicas:
- Inscribir la propiedad horizontal.
- Registrar la extinción de la propiedad horizontal.
- Registrar la actualización del representante legal y/o revisor fiscal.
La competencia está dada en el artículo 8 y parágrafo del artículo 47 de la Ley 675 de 2001. Pero ojo, no administran los edificios ni intervienen en conflictos internos, salvo en los casos previstos por la ley.
¿Cómo inscribir una propiedad horizontal en Bogotá de manera virtual y sin costo?
1. Registro en la plataforma
La persona representante legal o la revisoría fiscal debe crear usuario en el Sistema Virtual de Trámites y Servicios de la Secretaría de Gobierno.
2. Reunir los documentos en PDF
La o el administrador designado por la asamblea debe adjuntar:
Escritura de constitución de la propiedad horizontal y sus reformas (si las hay).
Certificado de libertad y tradición de la matrícula inmobiliaria matriz.
Acta de la asamblea donde se hace el nombramiento.
Acta del consejo (si aplica).
Carta de aceptación del cargo con copia de la cédula.
3. Diligenciar y enviar
Con el número de la matrícula inmobiliaria matriz se completan los formularios, se cargan los documentos y se hace clic en “Solicitar”.
El proceso se basa en la buena fe, así que la información debe coincidir exactamente con los documentos. Si hay algún error, el sistema envía un correo con las correcciones necesarias y se puede subsanar fácilmente desde la misma plataforma.
Si presentan dificultades con el trámite virtual, pueden acercarse a la alcaldía local correspondiente, donde brindarán orientación.