Registre a su perro si es considerado como raza de manejo especial y evítese sanciones

Registre a su perro si es considerado como raza de manejo especial y evítese sanciones
  • Los ciudadanos que tengan ejemplares caninos de estas características deberán registrarlos ante las alcaldías locales.

  • Las solicitudes se deben realizar ante las áreas de gestión policiva de cada localidad.

  • Los propietarios de los ejemplares caninos que no cuenten con este permiso se exponen a recibir una orden de comparendo que podría derivar en una multa que asciende a 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, que en 2024 asciende a $693.333.

  • Entre las disposiciones para la circulación segura de estos perros se resalta el uso obligatorio de bozal y correa.

  • Los menores de edad no podrán ser tenedores de estos ejemplares en áreas públicas ni de uso común como edificios o unidades residenciales.

Los ciudadanos que sean propietarios de ejemplares caninos que hayan agredido a personas u otros animales, o que estén adiestrados para el ataque y la defensa, o que hagan parte de alguna de las razas consideradas como de manejo especial, deberán contar con un permiso para su tenencia, el cual es expedido por la alcaldía de cada localidad en cinco días hábiles y sin ningún costo.

Las razas identificadas como de manejo especial son american staffordshire terrier, bullmastiff y dóberman; dogo argentino, dogo de burdeos, fila brasileiro y mastín napolitano; bull terrier, pit bull terrier y american pit bull terrier; de presa canario, rottweiler, staffordshire terrier y tosa japonés.

En caso de ser el tenedor de un perro de alguna de estas razas, deberá solicitar su registro en el censo de ejemplares caninos de manejo especial, a través de una carta dirigida al área de Gestión Policiva Jurídica de la alcaldía de su localidad. Así mismo, aportar fotocopia de su cédula de ciudadanía, carné de vacunación del can y dos fotografías suyas y del perro en tamaño 3×4; y suministrar el certificado de sanidad vigente, el cual es expedido por las subredes de la Secretaría Distrital de Salud.

Así mismo, el tenedor del ejemplar canino deberá presentar una póliza de responsabilidad civil extracontractual con la entidad aseguradora de su preferencia, con la cual se busca cubrir la indemnización correspondiente a los perjuicios que pueda ocasionar su mascota a personas, bienes, o demás animales; en este aspecto, cabe resaltar que el propietario que no adquiera esta póliza deberá asumir los gastos ocasionados por su perro, además de las sanciones previstas en la ley. 

Para mayor información, ingrese al enlace http://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/registro-ejemplares-caninos-manejo, o consulte en la alcaldía de su localidad; también puede dirigirse a los supercades Manitas, Suba, CAD, Bosa y Engativá, o llamando a la línea 195.

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25/01/2024